viernes, 25 de abril de 2014

POLITICAS ACTIVAS DE EMPLEO: MARCO LEGAL

EL MARCO LEGAL QUE DEFINE LAS COMPETENCIAS DE LAS ENTIDADES LOCALES
El marco legal establecido por el Real Decreto-Ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo establece las líneas relativas a la distribución de las competencias entre los distintos niveles de gobierno territorial en materia de políticas activas de empleo.
Objetivos:
- Adaptación de estas políticas a la realidad del mercado laboral y a las características del territorio.
- Un aumento de su eficacia en la mejora de la empleabilidad y de las posibilidades de reinserción de las personas desempleadas, especialmente, jóvenes y paradas de larga duración.
- Una respuesta a las necesidades de las empresas para cubrir sus ofertas.
- Un posicionamiento de los Servicios Públicos de Empleo (SPE) entre los mejores instrumentos de gestión del "capital humano"
El Real Decreto Ley garantiza la igualdad de trato y la unidad de mercado, de forma que el Estado se ocupa de unos mínimos comunes y vela por la coordinación y complementariedad de las políticas.
Las Comunidades Autónomas gestionarán el sistema con mayor flexibilidad y adaptación, se encargarán de convertir las políticas activas en acciones y medidas y de su ejecución.

COMPETENCIAS EN MATERIA DE POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO DE LAS ENTIDADES LOCALES
El artículo 2 del Real Decreto 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo que modifica el artículo 4 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, dice:
- Las políticas de empleo, en su diseño y modelo de gestión, deberán tener en cuenta su dimensión local para ajustarlas a las necesidades del territorio, de manera que favorezcan y apoyen las iniciativas de generación de empleo en el ámbito local.
- Conforme a la Constitución y los Estatutos de Autonomía y a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, podrán establecer los mecanismos de colaboración oportunos con las Entidades Locales.
- Las Entidades Locales podrán participar en el proceso de concertación territorial de las políticas activas de empleo, mediante su representación y participación en los órganos de participación institucional de ámbito autonómico (...).

ESQUEMA DE COMPETENCIAS Y GESTIÓN POLÍTICAS ACTIVAS
-ESTADO: Define el marco general y establece unos mínimos comunes, coordina el sistema
Instrumentos de coordinación y planificación: Estrategia Española del Empleo, Plan Anual de Políticas de Empleo
-COMUNIDADES AUTÓNOMAS: Gestionan el sistema, diseñan y ejecutan las acciones y medidas de políticas activas.
-ENTIDADES LOCALES: Diseñan y ejecutan acciones y medidas de políticas activas en colaboración con las Comunidades Autónomas, participan en el proceso de concertación territorial de las políticas activas de empleo a través de los órganos de participación institucional de ámbito autonómico.

¿POR QUÉ ACTUAR DESDE EL ÁMBITO LOCAL?
Argumentos que justifican su intervención:
1. Proximidad del territorio: Se tiene un mayor conocimiento de las debilidades y retos del mercado laboral local y así orientar las políticas, las necesidades del territorio, las carencias y actitud ante el mercado de trabajo
2. Son un eje del desarrollo económico y un mecanismo efectivo de integración y garantizan la cohesión social.
3. Surgen como una demanda de la ciudadanía, ya que el desempleo es una de las mayores preocupaciones de la sociedad.

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